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La Palabra

Autor: Dr. Alexis Márquez Rodríguez

grealemar@cantv.net

Minicurrículo: Guanareño. Profesor de Castellano y Literatura. Abogado. Profesor de la Universidad Central de Venezuela. Periodista. Columnista del diario «El Nacional», de Caracas. Individuo de Número de la Academia Venezolana de la Lengua, Escritor. Crítico literario.

ABSTENCIÓN

Uno de los miembros del Consejo Nacional Electoral ­de esos a los que la ley respectiva, de una manera absurda y ridícula, les dio el nombre de rectores, no se sabe de qué ni por qué­, entre cuyas características tiene la de ser demasiado locuaz, ha dicho que en el referendo revocatorio debe haber una tercera opción, además del y el no, que sería la de abstención.

Al parecer, el flamante ³rector² no conoce bien el significado del verbo abstener (se), ni del sustantivo abstención. En materia de elecciones, a la cual es asimilable un referendo de cualquier tipo, abstenerse significa no participar. En consecuencia, mal podría presentarse a una mesa de votación un ciudadano a solicitar su participación para abstenerse de votar. ¿Cómo se explicaría semejante paradoja?

En efecto, el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) dice, con meridiana claridad, lo siguiente: ³Abstener: (Š) || 2. pronominal. Privarse de algo: Abstenerse de comer carne. || 3. No participar en algo a que se tiene derecho, por ejemplo, en una votación (Š)².

Ahora bien, ¿qué significa ³no participar² en algo? Según el DRAE participar es, ³Dicho de una persona: Tomar parte en algo². En consecuencia, ³no participar² sería ³no tomar parte en algo². Si un elector, en un acto comicial, se presenta ante la mesa de votación es porque va a ejercer su derecho al voto, o sea, va a participar en la votación, independientemente de que después el voto por él emitido resulte nulo por cualquiera de las causas de nulidad, bien sea por error del participante, bien porque a propósito el participante lo haga de una manera tal que resulte nula. Lo cual no tiene nada que ver con la abstención, puesto que ese elector no se ha abstenido. La única manera de abstenerse es sencillamente no participar en el acto de la votación.

En el supuesto negado de que el CNE ­dando por sentado que la mayoría de sus miembros son gente sensata­ apruebe tal proposición, lo aprobado sería pasible de nulidad por el Tribunal Supremo de Justicia, pues sería violatorio del artículo 9 de la Constitución Nacional, que establece que ³El idioma oficial es el castellano². Y, como es obvio, ofrecer una opción electoral para la abstención sería desvirtuar el significado del verbo abstener (se), tal como lo define el DRAE, que es, como quien dice, el léxico oficial de nuestro idioma, y como tal implícitamente  tiene en nuestro país valor de norma constitucional.

De paso, sería recomendable que los políticos venezolanos, veteranos y aprendices, aunque fuese de vez en cuando repasasen las páginas del diccionarioŠ y de la gramática, que no son tan aburridas como mucha gente  cree.

Abstener (se) deriva del verbo latino abstinere.

FISCALIZAR

            Recientemente un miembro del Consejo Nacional Electoral de los absurda y ridículamente llamados rectores, en la Ley Electoral, dijo que el CNE no podía ser  fiscalizado, por que sus integrantes no son delincuentes. Lo dijo en un tono destemplado que nunca se le había visto. Se refería a los observadores extranjeros y nacionales. ¿Qué entenderá por fiscalizar?

            La mayoría de las veces fiscalizar, y el sustantivo del cual deriva, fiscal, se usan en relación con dos conceptos: 1) referente al fisco, es decir, al erario o tesoro público y a la recaudación de los impuestos (Drae); 2) referente a la función del Ministerio Público, que es la de acusar en nombre del Estado a quienes han cometido delitos de acción pública, vigilar por la correcta aplicación de las leyes, e incluso actuar como parte de buena fe en determinados procesos judiciales.

            En la practica ambos términos tienen otras aplicaciones. En Venezuela, por ejemplo, se suelen llamar fiscales a los policías o vigilantes de tránsito, a los que antes se les dio oficialmente esa denominación.

            La idea de fiscalizar y de fiscal se aplica también con el significado de vigilar

y de vigilante. Esta acepción no aparece en el Drae, pero no dudo que pronto será incluida. Si la tiene el Diccionario de uso del español de América y España (VOX), que dice: “Fiscalizar... 2. Observar los actos de una persona para hallar faltas”. También el Diccionario del español actual, de Manuel Seco, Olimpia Andrés y Gabino Ramos, registra esta última acepción: “Fiscalizar: Controlar a una persona o cosa, o ejercer una vigilancia crítica sobre ella”.

            Esta última acepción se asemeja al significado de vigilar, que es, precisamente, la función de los observadores tanto nacionales como extranjeros en los procesos electorales y referendarios, vigilar o fiscalizar a las personas y organismos involucrados en dichos procesos, incluidos los firmantes o votantes, para decir, finalmente, si se realizaron correctamente, o señalar los posibles errores o vicios observados. De otro modo no tendría objeto la presencia de observadores  como simples convidados de piedra..

            Fiscalizar deriva de fiscal, y éste del vocablo latino fiscalis.

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